ANTECEDENTES HISTORICOS

Consideramos importante, para conocer lo referente a la Convención Colectiva, hacer remembranza a sus orígenes, con el propósito de adquirir un buen conocimiento. A continuación nos permitimos presentar las normas concernientes a la Convención Colectiva: Ley 78 de 1919, para referirse a los convenios colectivos habló de “acuerdo”, así como la ley 21 de 1920.



Ley 83 de 1931, facultó a los sindicatos para “firmar contratos colectivos”, 7 años más tarde el Departamento Nacional del Trabajo, emitió el siguiente concepto: “El contrato colectivo de trabajo es aquel que se celebra entre varios trabajadores y uno o varios patronos, o entre estos y uno o varios sindicatos”. Hay que aclarar que en esa época no se hacia ninguna diferencia entre el pacto colectivo y la convención”

El concepto emitido por el Departamento Nacional del Trabajo, fue posteriormente acogido como norma legal al expedirse el Decreto Extraordinario 2350 de 1944, que textualmente dice, en su artículo 24: 
Convención Colectiva: “es la que se celebra voluntariamente entre uno o varios patronos o asociaciones patronales, por una parte, y uno o varios sindicatos de trabajadores o federaciones de sindicatos por la otra, para fijar las condiciones generales de trabajo a las cuales se entenderán sujetos los contratos individuales o sindicales durante su vigencia.

Posteriormente se dicto la Ley 6 de 1945: “por medio de la cual se perfecciono la definición dada por el Decreto 2350 de 1944; luego la convención colectiva, se reglamentó por el Código Sustantivo del Trabajo vigente, a partir del artículo 467 y la Constitución Nacional de 1991, la elevó a Derecho Constitucional en el artículo 55”.







Comentarios

  1. Es de suma importancia saber que normas hablan sobre la convención colectiva y sobre todo sus antecedentes como se muestra en el anterior articulo.

    Yamile Gonzalez F.

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  2. Interesante conocer nuestros derechos; este blog abarca bien el tema de la "Convención Colectiva"

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