Deben ser hechas por agrupaciones
con personalidad jurídica. Produce efectos
directos para las partes que contratan. Son cláusulas obligacionales para ambas
partes. Produce efectos también para terceros, por ejemplo, los trabajadores
que no están sindicalizados.
1.) Es solemne, pues
la ley establece que el sindicato que solicite celebrar una convención
colectiva presentará por ante la Inspectoría del Trabajo el proyecto de convención, y ese depósito en la Inspectoría de la
jurisdicción es la que le dará plena validez a partir de la fecha y hora de su
depósito surtirá todos los efectos legales.
2.) Es sinalagmático; ya
que crea una relación contradictoria de la cual surgen obligaciones de hacer o
no hacer o de dar a cargo de ambas partes.
3.) Es oneroso, porque
cada parte recibe de la otra prestaciones sucesivas, inmediatas o futuras.
4.) Según establece la Ley Orgánica del
Trabajo, esta convención no podrá concertarse en
condiciones menos favorables para los trabajadores que las contenidas en
los contratos de trabajo vigentes.
5.) Es una convención colectiva donde
la parte que representa a los trabajadores debe
ser un sindicato o una federación o confederación sindical de trabajadores.
TIPOS DE CONVENCIONES COLECTIVAS
Las convenciones colectivas también
rigen para los trabajadores no sindicalizados. Una vez vencida la convención y
no negociada una nueva, éste se prorroga por otro periodo igual al establecido.
Las convenciones colectivas pueden ser
de varios tipos:
- Contrato colectivo de trabajo: en él, el sindicato se obliga a título personal. Es un contrato por equipos.
- · Convención colectiva de empresa o regional: en la de empresa, se afecta solamente un determinado centro de producción; en la regional, toda una industria determinada o una región.
Duración y modificaciones de
la convención colectiva
Se establece que la convención colectiva tendrá una
duración que no podrá ser mayor de tres años ni menor de dos años, sin
perjuicio de que la convención prevea cláusulas revisables en períodos menores;
sin embargo, las partes podrán prorrogar la duración de la convención colectiva
hasta el límite previsto en la Ley (art. 523). Una vez vencido el período de
una convención colectiva, las estipulaciones económicas, sociales y sindicales
que beneficien a los trabajadores continuarán vigentes hasta tanto se celebre
otra que la sustituya.
Con referencia a las modificaciones que pueda sufrir
la convención colectiva, cuando el patrono, en razón de circunstancias
económicas que pongan en peligro la actividad o la existencia misma de la
empresa, deba proponer a los trabajadores, aceptar determinadas modificaciones
en las condiciones de trabajo, presentará ante el Inspector de Trabajo un
pliego de peticiones en el cual expondrá sus planteamientos y aspiraciones.


REFERENCIAS:
- http://www.monografias.com/trabajos95/las-convenciones-colectivas/las-convenciones-colectivas.shtml#caracteria#ixzz5DvS4pFVW
- http://www.monografias.com/trabajos95/las-convenciones-colectivas/las-convenciones-colectivas.shtml#caracteria
Yamile g.

Así como lo hemos hecho saber atravez de nuestro blog el convenio colectivo es un acuerdo entre las dos partes, lo que significa que también deben existir clausulas obligacionales para ambas partes.
ResponderBorrarEstas convenciones también rigen para los trabajadores no sindicalizados.
Yamile g.