Convención colectiva
De acuerdo
con el Código Sustantivo
del Trabajo
(Título
III,
Capitulo
I artículo 467), la
convención colectiva “es la que se celebra entre uno o
varios empleadores o asociaciones patronales, por una parte, y uno o varios
sindicatos o federaciones sindicales de trabajadores, por la otra, para fijar
las condiciones que regirán los contratos de trabajo durante su vigencia”.
Además
de
las estipulaciones que las partes acuerden en relación con las condiciones
generales de trabajo, en la convención colectiva se indicarán la empresa o
establecimiento, industria y oficios que comprenda, el lugar o lugares donde ha
de regir la fecha en que entrará en vigor, el plazo de duración y las causas y
modalidades de su prórroga, su desahucio o denuncia y la responsabilidad que su
incumplimiento entrañe.
Artículo
469 Forma:
La
convención colectiva debe celebrarse por escrito y se extenderá en tantos
ejemplares cuantas sean las partes y uno más, que se depositará necesariamente
en el Departamento Nacional de Trabajo, a más tardar dentro de los quince (15)
días siguientes al de su firma. Sin el cumplimiento de todos estos requisitos
la convención no produce ningún efecto.
Artículo
470 Campo de Aplicación:
Las
convenciones colectivas entre patronos y sindicatos cuyo número de afiliados no
exceda de la tercera parte del total de los trabajadores de la empresa,
solamente son aplicables a los miembros del sindicato que las haya celebrado, y
a quienes adhieran a ellas o ingresen posteriormente al sindicato.
Artículo
479 Denuncia:
Para
que sea válida la manifestación escrita de dar por terminada una convención
colectiva de trabajo, si se hace por una de las partes, o por ambas
separadamente, debe presentarse por triplicado ante el Inspector del Trabajo
del lugar, y en su defecto, ante el Alcalde, funcionarios que le pondrán la
nota respectiva de presentación, señalando el lugar, la fecha y la hora de la
misma. El original de la denuncia será entregado al destinatario por dicho
funcionario, y las copias serán destinadas para el Departamento Nacional
de
Trabajo y para el denunciante de la convención.

Muy entendible las ayudas, se comprende el tema a la perfección, muy ilustrativo.
ResponderBorrarMuy importante conocer como se entabla la denuncia, teniendo en cuenta la normatividad legal
ResponderBorrarEs importante conocer y tener en claro los conceptos de convecion colectiva teniendo en cuenta la normatividad legal .
ResponderBorrarYamile G.